El reciente paquete legislativo presentado por el Ejecutivo comunitario busca ayudar al sector de la automoción en Europa, ajustando los objetivos climáticos para los fabricantes y eliminando el veto al motor de combustión para 2035. Este enfoque ambicioso se refleja en la documentación anexa, donde se destacan los nuevos objetivos de emisiones.
En 2035, el objetivo de bajas emisiones ascenderá al 76 % y el de eléctricos puros al 64 % como mínimo, según la propuesta de la Comisión, de forma que casi dos tercios de los turismos corporativos deberán ser de cero emisiones.
Bruselas ha planteado obligaciones para que las empresas que adquieren el 60 % de los coches nuevos en la Unión Europea transiten hacia coches corporativos de cero emisiones. Este reglamento, aún en fase de negociación con el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, se aplicará exclusivamente a empresas con más de 250 trabajadores y una facturación superior a 50 millones de euros, excluyendo a las pymes.
En el caso específico de España, las empresas que cumplan con estos requisitos deberán adquirir en 2030 un 55 % de coches eléctricos o de bajas emisiones, así como un 36 % de eléctricos puros (o de hidrógeno). En 2035, el objetivo de bajas emisiones se incrementará al 76 % y el de eléctricos puros al 64 %, lo que implica que prácticamente dos tercios de los turismos corporativos deberán ser de cero emisiones.
Además de impulsar las ventas de vehículos eléctricos, que avanzan a un ritmo inferior al esperado, la iniciativa del Ejecutivo comunitario pretende generar un mercado de segunda mano para coches de cero emisiones.
Los Estados miembros deberán informar anualmente a la Comisión Europea sobre sus ventas, y se enfrentarán a un procedimiento de infracción si no logran cumplir los objetivos establecidos, aunque la normativa no detalla posibles multas.
Criterios para la Asignación de Objetivos entre Estados Miembros
Bruselas, que descartó un modelo de cuotas obligatorias por empresa, ha determinado la carga asignada a cada país en función del PIB per cápita. Así, en 2030 la Comisión exigirá un 90 % de vehículos eléctricos o de bajas emisiones en flotas corporativas a países como Austria, Bélgica, Dinamarca, Irlanda, Luxemburgo, Países Bajos y Suecia. En contraposición, países como Eslovaquia y Rumanía tendrán que alcanzar solo un 48 %.
Alemania deberá hacer un esfuerzo del 83 % en 2030, mientras que Francia e Italia tendrán que lograr un 69 % en el mismo año.
Requisitos para Furgonetas y Flotas Profesionales
En relación a las furgonetas, la propuesta de la Comisión Europea sigue la misma lógica, aunque con hitos diferentes. Para España, se plantean objetivos de que en 2030 el 32 % de las nuevas adquisiciones de vehículos profesionales ligeros sean de bajas emisiones y al menos el 29 % sean puramente eléctricos. Esta meta aumentará al 76 % de furgonetas de bajas emisiones en 2035, con un mínimo del 64 % de eléctricos (o de hidrógeno).
En cuanto a furgonetas, la propuesta de la Comisión Europea aplica la misma lógica, pero con diferentes hitos.
Desde dos años antes de que se implementen estos objetivos, específicamente en 2028, los Estados miembros no podrán ofrecer ayudas fiscales a la compra de vehículos que no sean de bajas emisiones, y deberán presentar un plan al Ejecutivo con las medidas que piensan adoptar para alcanzar sus metas. A partir de 2028, las ayudas fiscales solo serán accesibles para coches “Made in Europe”, aunque la Comisión europea debe definir los criterios para que un vehículo obtenga esa distinción.
Sin embargo, algunas asociaciones del sector han manifestado su preocupación sobre cómo se establecerán estas cuotas obligatorias y el impacto que podría tener en los costes y operaciones de las empresas, especialmente referido a vehículos comerciales ligeros.
En conjunto, estas exigencias europeas marcan un avance significativo hacia una movilidad corporativa más sostenible y alineada con los objetivos climáticos de la UE, trazando un claro rumbo para que las empresas aceleren la electrificación de sus flotas en la próxima década.
