El Real Decreto que reforma el régimen jurídico de la jubilación flexible entrará en vigor el 28 de agosto, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado jueves. Esta normativa permite a los jubilados continuar activos en el mundo laboral sin perder completamente su pensión, y se especifica que su aplicación se dará tres meses después de su publicación.
Las pensiones de jubilación flexible que hayan sido iniciadas antes de la vigencia de esta nueva regulación permanecerán bajo la normativa anterior. Esta medida, aprobada en el Consejo de Ministros del pasado martes, amplía el acceso a la jubilación flexible a los autónomos, quienes antes tenían restringido este derecho, que solo era permitido para los asalariados.
Esta reforma forma parte de un acuerdo más amplio sobre pensiones alcanzado entre el Gobierno, sindicatos y empresarios, y aprobado en 2024. La normativa tiene como objetivo fomentar la transición del empleo a la jubilación y facilitar la compatibilidad entre el trabajo y la percepción de pensiones, permitiendo a los jubilados reincorporarse al mercado laboral.
La jubilación flexible ofrece a los pensionistas la opción de volver al trabajo, compatibilizando el cobro de su pensión con un empleo a tiempo parcial o, como nueva opción, con el ejercicio de una actividad autónoma. Los solicitantes deberán tener acceso a una pensión contributiva de jubilación y podrán hacerlo en cualquier momento tras la concesión de su pensión.
Una de las novedades más destacadas es que ya no se limita el acceso a la jubilación flexible solo a quienes trabajen por cuenta ajena a tiempo parcial. Aquellos que deseen desarrollar una actividad por cuenta propia también podrán acogerse, siempre y cuando no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años previos a su jubilación. Además, no existe un periodo mínimo que deba transcurrir desde la jubilación para solicitar esta modalidad.
Mejora de los incentivos económicos
Para los pensionistas que compatibilicen su pensión con un empleo a tiempo parcial, la jornada laboral permitida aumentará del 33% al 80%. Anteriormente, los jubilados podían trabajar entre el 25% y el 75% del tiempo. Asimismo, la cuantía de la pensión se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.
Con el propósito de incentivar el retorno al mercado laboral, se establecerán porcentajes adicionales para aquellos que accedan a la jubilación flexible después de seis meses de haber jubilado. Las jornadas a tiempo parcial del 55% al 80% incrementarán la pensión en un 25% adicional, mientras que las que sean del 33% al 55% incrementarán en un 15% adicional. Para los autónomos, se permitirá percibir hasta el 25% de la pensión mientras desarrollan su actividad compatible.
Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador mantendrá su condición de pensionista con respecto a la asistencia sanitaria y protección social. Además, aquellos que hayan accedido a una jubilación anticipada de forma involuntaria verán mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable según el periodo de cotización acreditado.
Esta nueva regulación aplicará a todos los regímenes de Seguridad Social, salvo a los funcionarios civiles del Estado, las Fuerzas Armadas y el personal al servicio de la Administración de Justicia.
Reforma de pensiones completada
Con estas mejoras, se culminan las reformas iniciadas en 2021, especialmente el acuerdo social tripartito de 2024, que busca flexibilizar el tránsito del empleo a la jubilación y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilación. Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el porcentaje de trabajadores que optan por demorar su jubilación más allá de la edad ordinaria ha aumentado del 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025, con más de 15.600 jubilaciones de este tipo.
Además, el número de jubilaciones anticipadas ha disminuido desde más del 43% en 2018 a alrededor del 30% actualmente. En 2021, un 46% de las jubilaciones anticipadas se producían a la mínima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria), mientras que en 2025, solo un 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida.
Por último, las nuevas jubilaciones activas, que favorecen el trabajo tanto a cuenta ajena como por cuenta propia tras una demora en la jubilación, han aumentado, registrando 5.602 pensionistas más en diciembre de 2025 que en el mismo mes de 2024.
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