
MADRID, 8 feb. (EUROPA PRESS) – La Campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al año 2025 comenzará el próximo 8 de abril, con la presentación de las declaraciones a través de internet, según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.
Este año, la Agencia Tributaria ha decidido atrasar el inicio de la campaña, que en los años anteriores había comenzado el 2 y 3 de abril, respectivamente. Así, la campaña tendrá lugar justo después de la Semana Santa y se extenderá desde el 8 de abril hasta el 30 de junio de 2026.
A partir del 8 de abril de 2026, los contribuyentes podrán acceder al borrador y a los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de forma electrónica, mediante el Servicio de tramitación del borrador/declaración en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
No obstante, antes del inicio de la campaña, se podrá obtener el número de referencia y los datos fiscales, así como información sobre la Campaña de Renta.
Entre el 6 de mayo y el 30 de junio de 2026, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono, siendo posible solicitar cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. Además, del 1 al 30 de junio de 2025, se podrán hacer declaraciones presencialmente en las oficinas de la Agencia (con solicitud de cita del 29 de mayo al 27 de junio).
Es importante señalar que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.
En cuanto a los medios de pago, el ingreso de la cuota tributaria se podrá realizar mediante domiciliación, cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, y mediante transferencias instantáneas a través de plataformas de comercio electrónico seguro, como Bizum. También se permite el pago mediante un documento de ingreso que se deberá imprimir y que permite realizar el pago en una entidad colaboradora dentro del plazo establecido.
Quiénes están obligados a declarar
Están obligados a presentar declaración en la Campaña de la Renta de 2025 aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o 15.876 euros de dos o más pagadores.
Asimismo, estarán obligados a declarar las personas que en cualquier momento del periodo impositivo hayan estado de alta como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
También deberán presentar declaración las personas titulares del ingreso mínimo vital y quienes integren la unidad de convivencia. Sin embargo, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración del IRPF si el Congreso de los Diputados ratifica el real decreto-ley de revalorización de pensiones que incluye esta medida.
Devoluciones en la Campaña 2024
Según los últimos datos de la Agencia Tributaria, en la Campaña de la Renta correspondiente al año 2024 se devolvieron 13.094 millones de euros a 15.611.000 contribuyentes. A 30 de diciembre, se había realizado el 97,5% de las devoluciones solicitadas en número, así como el 95,5% de los importes reclamados.
Al cierre del año, se habían presentado 24.720.000 declaraciones, lo que representa un incremento del 2,4% respecto al año anterior en las mismas fechas, siendo un 65% de ellas, es decir, 16 millones, con resultado a devolver.
Durante la campaña, también se presentaron más de 47.000 declaraciones rectificativas, permitiendo a los contribuyentes modificar su declaración a partir de la carta enviada por la Agencia, evitando posibles comprobaciones posteriores y la generación de intereses o sanciones.
