Hay un gesto muy común cuando sales a pasear, aflojar la correa “solo un momento” para que el perro corra, huela y se canse. En muchos barrios se ha convertido casi en rutina, aunque el entorno cambie cada minuto. Sin embargo, desde la entrada en vigor de la Ley 7/2023, el 29 de septiembre de 2023, ese gesto tiene más letra pequeña. La norma prohíbe “dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños” en lugares públicos o de acceso público, con atención especial a espacios naturales protegidos y zonas con ganado; y el régimen sancionador arranca en 500 euros para las infracciones leves.
¿Qué prohíbe la ley?
La Ley 7/2023 establece un marco estatal básico para la protección de los animales de compañía y los animales silvestres en cautividad. Sin embargo, aclara que queda fuera del alcance de esta norma a los perros de caza, que están regulados por otras leyes. Entre las prohibiciones más destacadas se encuentra la cláusula que prohíbe “dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños” en espacios públicos, incluyendo de forma específica parques nacionales y cañadas con rebaños.
Además, el texto incide en la importancia de la prevención. Solicita adoptar medidas para evitar molestias, peligros o daños a personas, otros animales o bienes, lo que en la práctica exige mayor atención y menos confianza ciega al momento de pasear a nuestras mascotas.
Control activo
¿Significa esto que nunca puedes soltar al perro? No exactamente, pero sí establece una línea clara entre “ir suelto” y “estar bajo control”, conceptos que a menudo se confunden. La ley prohíbe que un animal de compañía esté “deambulando por espacios públicos” sin supervisión directa. En otras palabras, no está permitido que el animal ande suelto mientras tú te quedas atrás.
Un punto importante a tener en cuenta es que la persona responsable del animal es quien responde por los daños, perjuicios o molestias que este pudiera causar a otras personas, a otros animales, así como a las vías y espacios públicos y al medio natural.
Zonas donde sí
Una pista útil está en el papel que jugarán los ayuntamientos. La ley establece que los municipios “determinarán en todo caso lugares específicamente habilitados para el esparcimiento” de animales de compañía, principalmente perros. Esto suele corresponder a parques caninos vallados, áreas delimitadas o tramos con horarios específicos. Si el lugar está claramente señalizado como zona de esparcimiento, es donde más sentido tiene considerar soltar la correa, pero siempre con supervisión, y asegurándose de que el perro responda a la llamada.
En cambio, en espacios protegidos o con normativa propia, las sanciones suelen ser mucho más elevadas. De hecho, la propia ley menciona explícitamente la particularidades de los parques nacionales y cañadas con ganado, por lo que es esencial leer los letreros y no asumir que “aquí siempre se ha podido” soltar al perro.
Un problema ambiental
Cuando se discute sobre perros sueltos, la conversación a menudo se centra únicamente en la convivencia con otras personas. Sin embargo, el impacto en el entorno natural puede ser considerable, ya que un perro puede perseguir fauna salvaje o levantar aves del suelo durante la época de cría. No es necesario que ocurra un ataque para causar daño; a veces, basta con que un perro corra para estresar a una especie vulnerable. Por eso, la ley relaciona esta conducta con posibles daños al ganado y al medio natural.
También se aborda el aspecto cotidiano, relacionado con la higiene pública. La norma obliga a evitar que los perros orinen o defequen en lugares de paso habitual, y requiere que se retiren los excrementos usando productos biodegradables para reducir problemas de contaminación en la vía pública.
Multas y sanciones
Una cuestión importante es: ¿cuánto te pueden multar? La Ley 7/2023 establece tres tramos de multas: de 500 a 10.000 euros por infracciones leves, de 10.001 a 50.000 euros por infracciones graves, y de 50.001 a 200.000 euros por infracciones muy graves.
La misma norma define qué se considera leve y qué se considera grave. En términos generales, una infracción leve se da al incumplir prohibiciones u obligaciones sin causar daños físicos ni alterar el comportamiento del animal, mientras que una infracción grave implica daño o sufrimiento (sin causar la muerte o secuelas severas).
¿Dónde encaja entonces el perro suelto? Dependerá de lo que ocurra y cómo lo evalúe la administración, y este matiz es crucial. Una salida controlada en una zona habilitada no es lo mismo que una situación de descontrol en un espacio protegido.
Ordenanzas municipales
La ley también aclara por qué existen diferencias entre ciudades. La potestad para sancionar corresponde a comunidades autónomas y a los órganos municipales competentes, permitiendo a los ayuntamientos sancionar infracciones que se cometan en espacios públicos de su jurisdicción. Además, el texto posibilita que las ordenanzas municipales introduzcan especificaciones o graduaciones en las infracciones y sanciones, por lo que es conveniente revisar la señalización, consultar la página web del ayuntamiento o verificar la ordenanza antes de asumir que “aquí siempre fue así”.
Consejos para pasear
Si deseas reducir riesgos al pasear a tu perro, una correa larga o una línea de rastreo suele ser la opción más práctica. Esto permite al animal explorar a su alrededor y facilita recuperar al perro rápidamente si se presenta una bici o un niño corriendo. En áreas urbanas, es recomendable buscar las zonas caninas habilitadas y no depender exclusivamente de que el parque esté vacío; un perro nervioso o una persona temerosa pueden alterar cualquier situación tranquila.
En el campo, ten precaución en zonas con ganado, senderos estrechos o barrancos. Asimismo, si observas carteles de restricción, es importante tomarlos seriamente, ya que suelen indicar la presencia de fauna sensible o riesgos que no son evidentes a primera vista.
La Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, fue publicada en el BOE.
