La defensa del despacho Equipo Económico y de su socio director Manuel de Vicente Tutor ha solicitado a la Audiencia Provincial de Tarragona que «declare la nulidad de todas las actuaciones declaradas secretas» en el marco de la causa que investiga a una treintena de personas, entre ellas el exministro Cristóbal Montoro, por presuntos favores políticos a diversas empresas. La petición se enmarca en un contexto de preocupación por la duración del secreto judicial, que ha permanecido por más de siete años.
MADRID, 1 (EUROPA PRESS)
El recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, fue presentado contra un auto del Juzgado de Instrucción Número 2 de Tarragona que el 2 de agosto de 2018 declaró el secreto de las actuaciones. Además, la defensa ha impugnado «los autos sucesivos que acordaron sus reiteradas prórrogas, hasta el auto de 19 de junio de 2025 en el cual se acordó levantar el secreto».
El letrado José Antonio Choclán, encargado de la defensa, reclama que se «decrete el sobreseimiento libre y archivo de la presente causa», la cual se ha mantenido abierta durante siete años por el juez Rubén Rus. La solicitud se fundamenta en «las gravísimas anomalías advertidas en el procedimiento» y «ante los también gravísimos perjuicios reputacionales que se han producido debido al traslado del sumario a los medios de comunicación».
PROCEDIMIENTO «VICIADO DE NULIDAD»
La defensa critica que el instructor haya mantenido la causa bajo secreto todos estos años, razón que, según argumentan, ha determinado que el proceso esté «viciado de nulidad». Creen que «la lesión de derechos fundamentales resulta ya irremediable y no se repara por el simple hecho de levantar el secreto de las actuaciones tardíamente, cuando la indefensión efectiva ya se ha producido».
A su juicio, la «indebida prolongación del secreto» ha permitido que «un juzgado manifiestamente incompetente haya podido investigar sin competencia territorial unos hechos durante más de siete años, con opacidad y ocultación a las partes, salvo el Ministerio Fiscal».
Recalcan que la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que el secreto de las actuaciones judiciales no debe prolongarse «más tiempo del que sea estrictamente necesario para preservar el fin legítimo de la investigación judicial». La defensa ha hecho hincapié en que la Fiscalía había advertido que los investigados desconocían la existencia del procedimiento y no habían adquirido la condición de parte, lo que les priva de la posibilidad de intervenir y ejercer su derecho a la defensa.
En su argumentación, también mencionan que se han retrasado las imputaciones «más allá de lo estrictamente necesario», evidenciando que «existían indicios de criminalidad desde al menos el 16 de diciembre de 2021». Señalan que, una vez levantado el secreto del sumario, no se puede alegar que los investigados puedan preparar su defensa sin limitaciones, dado que el juez ya ha reconocido indicios de criminalidad sin haberles dado oportunidad de desvirtuarlos durante la larga investigación.
PIDE LA NULIDAD DE CORREOS CLAVE
Además, la defensa ha solicitado el archivo de la causa y la nulidad de actuaciones, alegando que el juez no motivó adecuadamente el registro de la empresa Messer «para la averiguación del nuevo delito concreto que se desprendía de los correos electrónicos intervenidos». Se refieren a un correo de Rubén Folgado, director técnico de Messer, que mencionaba que para conseguir favores, «la vía más directa, como siempre, es pagar a Equipo Económico, que tiene contacto directo con el ministro de Hacienda Cristóbal Montoro».
La defensa insiste en que el registro fue acordado en el marco de una investigación sobre la construcción de una planta de Messer en El Morell (Tarragona) y argue que los investigadores «no se abstuvieron de investigar el nuevo hecho, sino que iniciaron una investigación policial sin haber obtenido previamente la autorización judicial».
Por ello, consideran que procede la impugnación del medio de prueba, argumentando que se obtuvo con violación de derechos fundamentales, por falta del auto judicial que justifique la legitimidad de la injerencia respecto al hecho nuevo.
DEFIENDEN QUE LA COMPETENCIA ES DE LOS JUZGADOS DE MADRID
La defensa también ha presentado otro escrito defendiendo que el juez Rus es «incompetente territorialmente» para asumir la causa. Argumentan que el caso debería ser llevado por un juzgado de Madrid, que es donde se habría cometido el presunto tráfico de influencias, teniendo en cuenta que es donde está la sede del Ministerio de Hacienda. Subrayan que «el domicilio de quien ejerce la influencia o de la empresa beneficiaria sería irrelevante».
Finalmente, resaltan que la acusación «es manifiestamente infundada». No hay evidencia de que se haya ejercido presión ante autoridades o funcionarios públicos, y se observa que no se ha probado contacto alguno relacionado, sino solo suposiciones o sospechas. También niegan las acusaciones de cohecho, negociaciones prohibidas y corrupción en los negocios, afirmando que no hay evidencia de haberse pagado dádiva, comisión o retribución ilícita a funcionario o autoridad alguna.
La defensa concluye que «la ausencia de competencia territorial determinaría la nulidad de las actuaciones, por haberse vulnerado el derecho constitucional al juez ordinario predeterminado por la ley y el derecho a un proceso con todas las garantías».
