
MADRID 28 Nov. (EUROPA PRESS) – El Congreso espera a que el Supremo confirme el auto de prisión del exministro José Luis Ábalos, que ha sido recurrido por su defensa. Cuando esa ratificación se produzca, previsiblemente el 4 de diciembre, se aplicará la suspensión del diputado prevista en el Reglamento.
La decisión del juez Leopoldo Puente de enviar a prisión preventiva al exministro socialista llevó a la Presidencia del Congreso a remitir un oficio al Supremo para certificar dicho ingreso penitenciario «y el auto de procesamiento o equivalente», todo con el fin de activar el procedimiento de suspensión.
La respuesta ha llegado este viernes y, según fuentes parlamentarias, el Alto Tribunal ha confirmado que se decretó «la prisión provisional comunicada y sin fianza» para Ábalos Meco. Sin embargo, también subraya que el auto no es firme, ya que está recurrido en apelación por su defensa, cuya deliberación está señalada para el próximo 4 de diciembre.
Suspensión de sueldo y voto
Ante esta situación, la Mesa del Congreso esperará la resolución de esos recursos de apelación. Una vez que el auto de prisión se confirme, se aplicará el artículo 21 del Reglamento, que establece que «los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes parlamentarios cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallen en situación de prisión preventiva y mientras dure esta».
La suspensión implicaría que Ábalos dejara de percibir retribuciones ni indemnizaciones del Congreso y perdería su derecho a participar en actividades parlamentarias, así como a votar de forma telemática. No obstante, se trata de una medida temporal y, en el momento en que recupere su libertad, también recuperaría sus derechos parlamentarios.
Es importante destacar que la suspensión no conlleva la pérdida del escaño, ya que esta es una medida extrema que se aplica con una sentencia, como sucedió en el caso de Alberto Rodríguez (Podemos), al que el Tribunal Constitucional desautorizó, o cuando se es procesado por delitos graves establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esto fue lo que llevó a la retirada del escaño a Oriol Junqueras (ERC) y otros independentistas en el proceso.
¿Revisar las mayorías?
En este contexto, al no haber 350 diputados operativos, sino 349, no se descarta que algún grupo plantee el debate sobre modificar o no las mayorías en la Cámara, algo que deberá estudiar el equipo jurídico según los precedentes.
En principio, se trata de un único voto de 350 y tampoco supone una excesiva incidencia en las votaciones, especialmente considerando que Junts ha anunciado su voto en contra a toda propuesta del Gobierno, lo que sumará una mayoría absoluta con el apoyo de PP y Vox.
Incluso en las votaciones de mayoría reforzada, si las leyes orgánicas exigen un mínimo de 176 votos (mayoría absoluta de 350), esto podría reducirse a 175,5, lo que, a efectos prácticos, implica también 176 diputados.
