
Archivo – EUROPA PRESS – Archivo
MADRID, 24 Dic. (EUROPA PRESS) – El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles, entre las medidas urgentes en materia de empleo, la prórroga de la vigencia del salario mínimo interprofesional (SMI) determinado en 1.184 euros mensuales brutos en catorce pagas, «hasta tanto se apruebe el real decreto que fije el salario mínimo interprofesional para el año 2026».
Como ha señalado la Dirección General de Trabajo, el Gobierno recuerda que la fijación del SMI no decae por el mero transcurso del plazo de vigencia del real decreto anual. Sin embargo, se considera que la seguridad jurídica «aconseja despejar cualquier duda interpretativa».
De este modo, dado que este año se había establecido como periodo de vigencia el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, para garantizar tanto la seguridad jurídica como la continuidad de la función del SMI, se estima necesario «mantenerlo transitoriamente a partir del próximo 1 de enero», y hasta que se apruebe el real decreto que fije el salario mínimo interprofesional para el año 2026.
El texto expone que «hasta que se apruebe el real decreto por el que se fije el SMI para el año 2026, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, se prorroga la vigencia del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025».
El Ministerio de Trabajo volverá a reunir a los agentes sociales a la vuelta de la Navidad para continuar negociando la subida del SMI de 2026, que será con carácter retroactivo desde el 1 de enero.
Así, el salario mínimo comenzará 2026 en 1.184 euros al mes por catorce pagas, la misma cifra que en 2025, y posteriormente se ajustará al alza de acuerdo con lo pactado, con efectos retroactivos desde el 1 de enero, tal como ocurrió con la subida de este año, que se aprobó a principios de febrero.
La semana pasada, el Ministerio de Trabajo mantuvo una primera toma de contacto con sindicatos y patronales, presentando el informe del Comité de Expertos sobre el SMI, en el que se plantearon dos propuestas de subida: un 3,1% en el caso de que no tribute y un 4,7% si sí lo hace.
Esto implicaría un aumento del SMI para el año próximo en 37 euros al mes, hasta los 1.221 euros mensuales por catorce pagas, si se decide que siga exento de tributación, o un incremento de 56 euros mensuales, hasta los 1.240 euros al mes, si se opta por su tributación en el IRPF.
La posición de Hacienda es que el SMI debe aumentar para garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores con salarios más bajos, que afectan estadísticamente más a mujeres y jóvenes. En lo que respecta a la tributación del SMI, lo relevante es que el salario neto del colectivo que cobra esta renta mínima aumente para asegurar el cumplimiento de la Carta Social Europea, es decir, que el salario mínimo no sea inferior al 60% del salario medio nacional neto.
Por su parte, los sindicatos CCOO y UGT han propuesto un incremento del SMI del 7,5%, alcanzando los 1.273 euros brutos al mes por catorce pagas, con tributación obligada en el IRPF.
Finalmente, la CEOE ha ofrecido una subida del SMI del 1,5% para 2026, condicionada a que no se toquen las reglas de absorción y compensación, lo cual contrasta con la opinión de sindicatos y del propio Ministerio de Trabajo.
