29 de mayo de 2026
Ámbito CNMC: Promoción de Competencia
Recientemente, la CNMC ha analizado el marco necesario para abrir a la competencia los servicios de Cercanías y Media Distancia en cumplimiento con la normativa europea (E/CNMC/001/24). Estos servicios son cruciales en el panorama ferroviario español, ya que concentran más del 90 % de los desplazamientos ferroviarios y suman unos 500 millones de viajeros al año en España.
Los servicios de Cercanías son utilizados por casi 450 millones de viajeros anualmente, mientras que unos 50 millones utilizan el servicio de Media Distancia. Ambos están sujetos a obligaciones de servicio público (OSP), lo cual exige que se abran a la competencia de acuerdo a las regulaciones europeas.
Sin embargo, la prestación de estos servicios ha sido históricamente monopolizada por ciertos operadores, siendo Renfe el más destacado. La normativa europea actual contempla la liberalización de los servicios OSP ferroviarios, promoviendo adjudicaciones a través de licitaciones competitivas, lo que genera expectativas de mejoras en términos de eficiencia, calidad y reducción de costes, siempre que se adopte un enfoque procompetitivo.
Análisis del estudio
Es fundamental evitar la declaración de servicios con OSP sin un análisis riguroso de la demanda y la oferta. Asimismo, se debe tener precaución al recurrir a adjudicaciones directas en lugar de licitaciones competitivas. La prórroga de la situación actual podría retrasar la liberalización hasta 2033, desaprovechando un tiempo valioso para licitar los servicios con un calendario predecible hacia una apertura gradual a la competencia.
El diseño de las licitaciones, así como las exigencias de los contratos (duración, tamaño, obligaciones de solvencia, medios o criterios) pueden influir en la entrada de nuevos operadores. Además, el acceso equilibrado a la información, al material rodante, a los talleres y a los maquinistas representa otra barrera. La falta de una separación adecuada entre los organismos licitadores y operadores del sector podría generar conflictos de interés.
Recomendaciones
- Adoptar un enfoque procompetitivo en las licitaciones y aplicación de la normativa:
- Realizar una adecuada declaración de servicios OSP.
- Minimizar la concesión de derechos exclusivos a un operador sin un procedimiento competitivo.
- Pubicar una consulta previa sobre el diseño del contrato OSP.
- Adoptar un calendario de licitaciones que favorezca la competencia.
- Utilizar y diseñar un procedimiento competitivo de licitación como norma general.
- Establecer un marco institucional orientado a fomentar la competencia:
- Eliminar o reducir la participación pública en operadores ferroviarios que puedan concurrir a las licitaciones o, subsidiariamente, separarlos orgánicamente del órgano convocante para minimizar el riesgo de conflicto de interés.
- Aprobar la Orden Ministerial oportuna para regular la autorización para la prestación de servicios OSP.
- Clarificar el marco aplicable a los servicios OSP en todos los territorios.
- Asegurar que las subvenciones al transporte no distorsionen la liberalización.
- Reforzar la supervisión independiente del sector por parte de la CNMC.
- Acudir al asesoramiento de la CNMC como supervisor y Autoridad de Competencia.
- Asegurar que los nuevos operadores pueden acceder a los insumos relevantes para operar de forma efectiva:
- Asegurar acceso a la red ferroviaria en condiciones transparentes, objetivas y no discriminatorias.
- Desvincular a los operadores de transporte ferroviario de la gestión de estaciones.
- Asegurar el acceso al material rodante y a los talleres de mantenimiento.
- Asegurar un correcto aprovisionamiento de personal conductor.
- Establecer obligaciones reforzadas de reporte de información para operadores del servicio OSP.
- Evitar distorsiones al combinar billetes de OSP y servicios comerciales.
La CNMC es el organismo independiente regulador de los mercados que garantiza y promueve la existencia de una competencia efectiva en beneficio de los consumidores y usuarios. Este estudio se realiza en el marco de sus funciones de promoción de la competencia.
