El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo que permite adquirir compromisos de gasto para ejercicios futuros, en virtud del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Esta autorización tiene como objetivo facilitar al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible la cofinanciación de parte de las ayudas directas al transporte colectivo de viajeros, tal como se estipula en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero.
Contexto de la Ayuda
La Dirección General de Estrategias de Movilidad, unidad del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, es el cuerpo encargado de solicitar esta autorización. El mencionado Real Decreto-ley establece en su Capítulo I del Título II las bases para la concesión de ayudas directas al transporte colectivo urbano e interurbano, a ser gestionadas por comunidades autónomas, entidades locales y otros entes locales supramunicipales que ofrezcan servicio de transporte público colectivo, siempre que cumplan con las condiciones especificadas en el decreto.
Detalles de las Ayudas
Las ayudas están enfocadas en la reducción de precios de títulos de transporte colectivo terrestre, excluyendo el billete de ida y vuelta y títulos turísticos similares. Estas ayudas están destinadas a los servicios bajo la competencia de las administraciones públicas solicitantes y abarcan el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2025.
El Real Decreto-ley también determina que la financiación de estas ayudas se gestionará a través de dos aplicaciones presupuestarias: una destinada a comunidades autónomas y otra a corporaciones locales para cofinanciar los servicios de transporte colectivo.
Convocatoria y Criterios de Subvención
El 6 de marzo de 2025, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible aprobó, mediante una resolución, la convocatoria para la concesión de estas ayudas. Esta resolución establece el procedimiento de cálculo del anticipo, que se concederá durante el ejercicio 2025 a aquellas entidades que presenten su solicitud dentro de los 30 días naturales posteriores a la publicación de la convocatoria.
Además, el 14 de octubre de 2025, se fijaron los criterios para calcular la cuantía de la subvención. Esta resolución busca definir el total de ayuda a otorgar a cada solicitante, la cual se liquidará en el ejercicio 2026. Los solicitantes tienen la oportunidad de presentar estimaciones sobre la pérdida de ingresos sufrida entre el 1 de julio y 31 de diciembre de 2025, lo que influirá en el importe de ayuda que recibirán, conforme a las indicaciones del Real Decreto-ley.
Transferencias Presupuestarias y Límite de Gasto
La falta de contemplación de las aplicaciones presupuestarias necesarias para financiar estas ayudas en los Presupuestos Generales del Estado 2023, que se prorrogaron hasta 2025, llevó a la aprobación de una transferencia de crédito para garantizar la cobertura presupuestaria en la anualidad de 2025. Para poder adquirir los compromisos de gasto del ejercicio 2026, también se aprobaron los límites de gasto por el Consejo de Ministros el 18 de febrero de 2025.
Distribución del Gasto Previo
La distribución del gasto previsto para las ayudas se detalla en las siguientes tablas:
| Aplicación | 2025 Anticipo (€) | 2026 (€) | Total (€) |
|---|---|---|---|
| 17.41.441M.450 | 170.000.000 | 65.000.000 | 235.000.000 |
| 17.41.441M.466 | 90.000.000 | 30.000.000 | 120.000.000 |
| Total | 260.000.000 | 95.000.000 | 355.000.000 |
Sin embargo, las estimaciones de pérdida de ingresos presentadas por beneficiarios indican que el importe anticipado previsto para este ejercicio es inferior al inicialmente considerado, mientras que se espera que el gasto total de las ayudas, específicamente para la anualidad de 2026, supere los compromisos autorizados. Las anualidades máximas esperadas, según los datos revisados hasta la fecha, son:
| Aplicación | 2025 Anticipo (€) | 2026 (€) | Total (€) |
|---|---|---|---|
| 17.41.441M.450 | 139.000.000 | 108.000.000 | 247.000.000 |
| 17.41.441M.466 | 63.000.000 | 67.000.000 | 130.000.000 |
| Total | 202.000.000 | 175.000.000 | 377.000.000 |
Solicitud de Autorización de Gastos Futuros
Para ajustar las anualidades de gasto aprobadas en la convocatoria antes de conceder las mencionadas ayudas, la Dirección General de Estrategias de Movilidad ha presentado un expediente de solicitud de autorización para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. Este expediente detalla los límites de compromiso máximo a adquirir por año:
| Año | Aplicaciones Presupuestarias (Sin crédito inicial) | Límite de Compromiso Máximo a Adquirir (€) |
|---|---|---|
| 2026 | 17.41.441M.450 | 108.000.000 |
| 2026 | 17.41.441M.466 | 67.000.000 |
Consecuentemente, se ha solicitado al Consejo de Ministros la autorización para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en las citadas aplicaciones presupuestarias para la anualidad de 2026, en conformidad con la Ley General Presupuestaria.
