El Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid ha absuelto a dos enfermeras acusadas de intrusismo por administrar ácido hialurónico con finalidad estética. En la sentencia, se señala que esta sustancia es un producto sanitario y no un medicamento, lo que implica que la indicación e inyección de la misma entra dentro de las competencias de las enfermeras.
Sentencia como apoyo a las enfermeras dermoestéticas
El Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería de España ha destacado que esta sentencia «supone un espaldarazo» a los argumentos que esta organización ha defendido durante años, especialmente a la labor de las enfermeras dermoestéticas, que han sufrido «una persecución desmedida por realizar su trabajo».
Cuestión de competencias
Desde el Consejo General de Enfermería han destacado que no se trataba de determinar si las acusadas tenían o no los conocimientos para realizar el tratamiento. En cambio, la cuestión relevante era si su condición de enfermera las habilita «para realizar de forma autónoma dicho tratamiento», es decir, si este se considera un «acto propio» de la profesión para la que están tituladas.
Defensa basada en productos sanitarios
Los peritos de la defensa sostienen que no solo la administración de medicamentos en general es competencia de los enfermeros, sino que, en particular, también lo es la indicación y uso del ácido hialurónico, al considerarlo un producto sanitario que se puede administrar mediante inyección intradérmica con fines estéticos.
El juicio y sus implicaciones
El juez indica que, desde un plano técnico, la pericial indica que el ácido hialurónico utilizado por las acusadas debe ser considerado un «producto sanitario» y no un «medicamento». Según la normativa actual, los enfermeros pueden indicar y utilizar productos sanitarios, lo que incluye la administración de ácido hialurónico.
Conclusiones del juez
El documento subraya que no existe una norma que excluya expresamente el procedimiento que se juzga, asignándoselo a otro facultativo. Por tanto, el juez concluye que no entiende por qué la indicación autónoma y la administración de ácido hialurónico por vía subcutánea debería limitarse a otra profesión distinta a la de enfermera.
Defensa y futuro de la profesión
Florentino Pérez Raya, presidente del Consejo General de Enfermería, afirma que «llevamos años defendiendo que los enfermeros y enfermeras expertas en dermoestética están formados y capacitados para realizar estos tratamientos. Esta sentencia supone una luz al final de un túnel que dura ya demasiado tiempo. En ningún momento queremos apropiarnos de ninguna competencia de otras profesiones, sino realizar tratamientos y cuidados para los que estamos de sobra preparados».
