MADRID, 10 de octubre – El adelanto electoral anunciado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, este lunes ha llevado al Tribunal Supremo a acelerar la decisión sobre la suspensión cautelar de la conocida ‘ley de nietos’, que interrumpe el derecho a voto para los nacionalizados por este método.
En la misma jornada, el partido Iustitia Europa, que había llevado ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo el argumento de que la ‘ley de nietos’ podría alterar el censo electoral, presentó un escrito solicitando al alto tribunal que asegure que la suspensión cautelar se aplique en las elecciones generales programadas para el 29 de noviembre. En este documento, Iustitia Europa enfatiza que el censo de referencia es aquel cerrado el 1 de agosto de 2026, justo antes de la suspensión. Vox, otro de los recurrentes, también hizo una petición similar horas más tarde.
Con el anuncio de elecciones anticipadas por parte de Sánchez, el Tribunal Supremo otorgó el martes un plazo improrrogable de dos días a las partes para que presenten alegaciones sobre la ‘ley de nietos’, intentando así combatir las nuevas circunstancias que han surgido. No se descarta que la resolución se haga pública este mismo fin de semana.
El Gobierno considera «imposible» cuantificar el impacto
Tanto la Fiscalía como el Ejecutivo apoyan el levantamiento de la suspensión, permitiendo que todos los españoles en el extranjero puedan votar. En sus alegaciones, el Gobierno argumentó que es «materialmente imposible» distinguir entre los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ y aquellos que lo hicieron por otros medios antes de las próximas elecciones. Por eso, solicitó al Supremo que anule la suspensión cautelar.
El Gobierno advirtió que «o se suspende a todos los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) —pues los datos en él son globalmente acerca de los españoles sin distinción— o no se suspende a nadie, ya que resulta materialmente imposible distinguir unos de otros en el breve plazo disponible». También se añadió que «ya no es posible discernir en el CERA» en los lapsos que configura la ley electoral entre los que adquirieron la nacionalidad por la ‘ley de nietos’ y «aquellos que son españoles por otros motivos».
Iustitia Europa recogió estas afirmaciones del Ejecutivo y solicitó el viernes detener las elecciones «para garantizar la ejecución efectiva» de la suspensión cautelar de la ‘ley de nietos’, que había decidido el alto tribunal en septiembre, viéndose afectadas tanto la votación como las nuevas inscripciones en el censo para nacionalizados que no demuestran el exilio de sus descendientes.
Más de 300.000 expedientes en trámite
La ‘ley de nietos’ es una disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, que permite a los descendientes de exiliados optar a la nacionalidad española. Esta norma está destinada a aquellos nacidos fuera de España de padres o abuelos que «originalmente hubieran sido españoles» y que abandonaron el país a causa del exilio. También incluye casos de nacidos en el exterior de mujeres que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la aprobación de la Constitución, así como a descendientes de quienes se les reconoció su nacionalidad de origen por derecho de opción.
El Ministerio de Asuntos Exteriores ha reportado la recepción de más de 1,2 millones de solicitudes, de las cuales se han aprobado 571.761. En total, se han registrado 333.696 inscripciones en oficinas consulares.
Estos números fueron cruciales para la decisión del Tribunal Supremo. Los magistrados resaltaron «la magnitud del incremento en el CERA, así como el impacto en el derecho al sufragio y el resultado electoral esperado por los españoles correctamente inscritos en el censo, que podrían verse gravemente afectados». Se detalló que a 1 de julio de 2026, el censo presenta 408.262 inscritos más comparado con el censo de las elecciones generales de 2023: 2.736.522 electores frente a 2.328.260.
En busca de la transparencia
El Tribunal Supremo comenzó las diligencias en julio tras ser recurrido, pidiendo a la Junta Electoral Central información sobre los posibles efectos electorales de la iniciativa. El 7 de septiembre, el alto tribunal celebró una vista para escuchar los argumentos de las partes respecto a la eventual suspensión y, al siguiente día, finalmente decidió paralizarla.
En dos autos, los magistrados argumentaron que «tal crecimiento genera un peligro fundado, real y serio que podría afectar de forma grave la objetividad y transparencia del proceso electoral, causando un daño irreversible». Por lo tanto, para evitar «una circunstancia de incertidumbre sobre el resultado electoral», el alto tribunal aceptó medidas cautelares que serán temporales y condicionadas a la sentencia del mismo.
El Tribunal aseveró que «la afectación del derecho de participación» de quienes adquirieron la nacionalidad mediante la ‘ley de nietos «no resulta desproporcionada en relación con los intereses generales que se pretenden preservar». Enfatizó que «la transparencia y objetividad del proceso electoral, así como la vigencia del principio de igualdad, son los pilares esenciales sobre los que se sostiene la participación ciudadana en los asuntos públicos en el Estado democrático que es España».
El voto particular del magistrado
El tribunal mencionó que lo decidido son aspectos «relevantes y decisivos para nuestro Estado de derecho y para el derecho del pueblo español a decidir su futuro». Se subrayó que «la veracidad, objetividad y transparencia en el proceso electoral debe estar presente en todas sus fases, desde la elaboración y actualización del censo electoral hasta el resultado final del proceso y la elección de representantes».
Esta resolución del Supremo contó con el voto particular en contra de la magistrada María Alicia Millán, quien consideró que las medidas cautelares implican «la privación de uno de los efectos más relevantes inherentes al reconocimiento de la nacionalidad española», el derecho al sufragio, que afecta a un «número potencialmente muy elevado de ciudadanos».
La magistrada opinó que «un cierto número de personas que han adquirido la nacionalidad española» no representa «un riesgo cualificado que haga necesaria la adopción de la medida cautelar pretendida». En este contexto, el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, advirtió que el censo podría «alterarse» si el alto tribunal decide mantener la medida cautelar de la ‘ley de nietos’. En este sentido, el titular de Justicia instó a los magistrados a «resolver el fondo de la cuestión lo antes posible», subrayando que «privar el derecho al voto a españoles» es una decisión de «mucha trascendencia».
