
MADRID, 26 Abr. – El Consejo de Ministros del próximo martes aprobará el anteproyecto para la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, coincidiendo con la celebración del Día Internacional de la Seguridad y Salud Laboral.
Así lo anunció esta semana la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, quien recordó que la Ley de Prevención de Riesgos necesita una reforma «profunda» dado que está vigente desde 1995. «Las relaciones laborales y los modelos productivos han cambiado de manera radical en Europa y en España, y ahora abordaremos una prevención de riesgos laborales que se acomode a los nuevos tiempos», subrayó la ministra.
El Ministerio de Trabajo lanzó a mediados de marzo a audiencia e información pública el anteproyecto para la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención, el cual incluye la actualización de actividades laborales prohibidas para menores de 18 años.
Prohibiciones para los menores en entornos peligrosos
Concretamente, el texto, que surge de un acuerdo entre Trabajo, CCOO y UGT, modifica una regulación vigente desde el Decreto de 26 de julio de 1957, que prohíbe ciertos trabajos a mujeres y menores por su peligrosidad o insalubridad.
Según el anteproyecto, queda prohibido que los menores de 18 años trabajen en recintos con animales feroces o venenosos, en actividades de sacrificio industrial de animales, en trabajos cuyo ritmo dependa de máquinas con salario vinculado a resultados, y en labores con exposición a contenidos pornográficos o violentos.
Además, no podrán desempeñar empleos que superen las «capacidades físicas o psicológicas» de los menores ni aquellos que impliquen el uso de maquinaria peligrosa, como sierras circulares y prensas. Estas actividades solo serán permitidas en el marco de contratos formativos de la ley, bajo supervisión constante y tomando las medidas preventivas adecuadas.
Estas prohibiciones se suman a otras ya establecidas, como la realización de trabajos con exposición a radiaciones, sustancias tóxicas, manipulación de explosivos, actividades de minería o en obras de construcción con riesgo de caída.
Derecho a la integridad física y moral
El anteproyecto modifica el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores, incorporando el derecho a la integridad física y moral y a la protección frente a la violencia y cualquier tipo de acoso.
Asimismo, se plantea la modificación de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) para regular las infracciones en materia de igualdad. Se prevé una reducción del 40% en multas bajo determinadas condiciones, como que la sanción sea solo pecuniaria y que se realice el pago previo a cualquier acción judicial.
No obstante, esta reducción no se aplica si la infracción lleva aparejadas sanciones accesorias o si se relaciona con accidentes laborales.
Otra novedad es que las empresas deberán establecer procedimientos para el retorno al trabajo tras ausencias prolongadas por salud, garantizando vigilancia de la salud física y mental de los trabajadores.
Aumento de derechos para los delegados de prevención
El texto permite a los delegados de prevención aumentar su crédito horario en un 20%, apoyando a las pymes con la figura del agente territorial de prevención y asegurando que los sindicatos sean consultados en la elección de la mutua de accidentes de trabajo.
Se introducirá la bonificación de la formación obligatoria en prevención de riesgos para empresas con menos de 10 trabajadores y se establecerá que los delegados deben contar al menos con formación básica, adaptada a cada sector.
La norma también reduce los umbrales para constituir servicios propios de prevención y limita el número máximo de trabajadores para que la empresa asuma personalmente la actividad preventiva.
El Reglamento de los Servicios de Prevención de 1997 se actualizará en varios aspectos para adecuarlo a estas modificaciones, incluyendo la acreditación de entidades especializadas y la auditoría de los sistemas de prevención de las empresas.
En general, la reforma busca visibilizar riesgos laborales crecientes, como los psicosociales, derivados del cambio climático o el trabajo a distancia, y promover la perspectiva de género en la gestión de prevención de riesgos, asegurando la protección equitativa de todos los trabajadores.
Finalmente, se enfatiza la integración de la diversidad generacional en la gestión preventiva, la protección de trabajadoras embarazadas y la gestión de riesgos ergonómicos y psicosociales, así como el refuerzo de la organización preventiva en las empresas.
