El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el Real Decreto que establece una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) del 3,1%. Esta medida, que se aplicará desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, sitúa el SMI en 1.221 euros mensuales, distribuidos en catorce pagas.
La nueva cuantía del SMI, que no tributará en el IRPF, representa un aumento de 37 euros al mes o 518 euros al año respecto al importe vigente en 2025, que era de 1.184 euros mensuales o 16.576 euros anuales. Con esta revisión, el salario mínimo para 2026 queda fijado en 17.094 euros brutos anuales, lo que se traduce en un salario diario de 40,70 euros, aplicable en términos generales.
Para aquellos trabajadores temporales o eventuales, el SMI se establece en 57,82 euros por jornada legal de actividad. En el caso de los empleados del hogar, el salario mínimo no podrá ser inferior a 9,55 euros por hora trabajada.
El incremento del SMI afectará a aproximadamente 2,5 millones de trabajadores y tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año. Esta medida es fruto de un acuerdo alcanzado a finales de enero entre el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales CCOO y UGT, mientras que no contó con la participación de la patronal. Con esta decisión, se marca el sexto año consecutivo en que el Ministerio de Trabajo logra un acuerdo unilateral con los sindicatos para el aumento del SMI.
Es importante destacar que esta actualización del SMI no altera la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que los trabajadores ya perciben, siempre que estos sean superiores al SMI en su conjunto y reflejados anualmente. Sin embargo, se deberán ajustar los salarios establecidos en contratos o acuerdos privados que sean inferiores al nuevo SMI de 2026, conforme a las reglas de absorción y compensación vigentes.
Además, el Gobierno y los sindicatos han acordado reformar las reglas de absorción y compensación para asegurar que el aumento del SMI no diluya los pluses que los trabajadores pueden recibir. Esta reforma se llevará a cabo a través de un nuevo Real Decreto que aprovechará la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos al marco jurídico español.
Actualización de las deducciones en el IRPF
El BOE también ha divulgado la actualización de la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para adaptarla a la subida del SMI. A partir de ahora, se habilitará una deducción de hasta 590,89 euros para personas cuyos salarios anuales no superen los 20.048,45 euros.
Aunque el SMI será en 2026 de 17.094 euros anuales, para evitar discrepancias se ha reducido la deducción a 590,89 euros para aquellos con ingresos inferiores a 20.048,45 euros brutos anuales. En el caso de un trabajador que perciba el SMI en 2026, se estima que podrá pagar 356 euros menos de IRPF en comparación con el año anterior.
Esta serie de cambios subraya la intención del Gobierno de mejorar la situación de los trabajadores con salarios bajos, asegurando un incremento que refleja la evolución del costo de vida y reafirma el compromiso con la justicia social y el bienestar económico de los ciudadanos.
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