El Abogado General de la Unión Europea, Rimvydas Norkus, ha trasladado al Tribunal Supremo español la responsabilidad de decidir sobre la condición de los trabajadores indefinidos no fijos en el sector público, sugiriendo que la legislación nacional española carece de medidas efectivas para sancionar el abuso de la temporalidad en las Administraciones Públicas (AAPP). En este contexto, la legislación europea no reconoce la figura del personal laboral fijo para estos trabajadores a menos que se disponga de otra medida efectiva en el ordenamiento jurídico nacional que prevenga y sancione la utilización abusiva de contratos temporales.
Norkus subraya que en el sistema legal español «no parecen existir medidas efectivas que permitan sancionar debidamente el abuso». Para abordar esta cuestión, el Abogado General ya ha recomendado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que, en futuras resoluciones, resalte al Supremo español la necesidad de incluir principios emanados del Acuerdo Marco de la directiva sobre el trabajo de duración determinada.
El Tribunal de Justicia ha enfatizado en múltiples casos que transformar contratos temporales en relaciones laborales indefinidas «no es obligatorio para los Estados miembros». Norkus aclara que no se puede exigir el reconocimiento de la condición de fijo a un trabajador en el sector público sin que haya superado previamente los procesos selectivos pertinentes.
A pesar de estos requisitos, el Abogado General considera que es indispensable incorporar medidas efectivas en la legislación interna que aborden el abuso de contratos temporales. Señala que la implementación de sanciones disuasorias por sí misma no es suficiente si no se incluye un enfoque compensatorio que restablezca la situación del trabajador perjudicado.
Norkus argumenta que convertir un contrato temporal en uno indefinido no es una solución adecuada para compensar el daño sufrido, especialmente en casos donde se haya evidenciado un prolongado incumplimiento del Acuerdo Marco. Según él, esto se traduce en una práctica que meramente cambia la naturaleza del contrato sin resolver la precariedad laboral subyacente.
En este sentido, destaca que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha buscado equiparar los derechos de trabajadores indefinidos no fijos y fijos en aspectos como la remuneración y la promoción profesional. Aunque esta equiparación ha mejorado la situación de aquellos en condiciones precarias, no garantiza la estabilidad en el empleo, un principio esencial según la normativa de la Unión Europea.
Para que las sanciones impuestas sean efectivas, ha pedido considerar tanto la gravedad de la violación como la duración del abuso. Norkus rechaza que indemnizaciones de veinte a treinta días por año de servicio sean suficientes para compensar a los trabajadores que han sufrido abusos en situaciones de larga duración.
En conclusión, deja al Tribunal Supremo la tarea de determinar si la normativa vigente garantiza de manera efectiva medidas para sancionar el abuso de contratos temporales. A pesar de que se han propuesto nuevas leyes para estabilizar el empleo público, advierte que la mera obligación de convocar procesos selectivos no asegura su correcta aplicación. La experiencia acumulada por trabajadores temporales tampoco es suficiente si esta se extiende por un periodo prolongado de tiempo sin que se reconozcan sus derechos. La responsabilidad caerá, por tanto, en el Tribunal Supremo para decidir cómo asegurar la estabilidad laboral en el ámbito público.
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