La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha anunciado que el Consejo de Ministros de mañana aprobará el desarrollo reglamentario del artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores sobre los contratos formativos, con el objetivo de garantizar una formación de calidad, adaptada a la realidad productiva del país.
Compromiso con la calidad formativa
Durante su participación en el ‘Acto de lanzamiento del 40º aniversario de las escuelas taller-programa Tándem: Transformando vidas’, Díaz ha señalado que esta medida era una de las disposiciones contempladas en la reforma laboral. Con el nuevo Real Decreto, se busca asegurar contratos formativos que cuenten con «derechos laborales plenos en relación a la retribución, al salario mínimo, a la jornada laboral y al convenio».
Asimismo, destacó la importancia de que «cuanto más cercana esté la formación al lugar local, más exitosa será la empleabilidad». En este sentido, insistió en que las prácticas no profesionales en las empresas no deben sustituir a los empleos reales, sino servir como medio de aprendizaje.
Problemas actuales de los contratos formativos
La ministra denunció que en España el uso de contratos formativos es escaso debido al fraude asociado a falsos becarios; actualmente hay 1,7 millones de «mal llamados» becarios, de los cuales el 22% son mayores de 30 años, en contraste con los únicamente 54.987 contratos formativos vigentes.
Este uso fraudulento de becarios representa una manera de eludir derechos laborales y salarios, lo cual contradice los objetivos de la reciente reforma laboral. Yolanda Díaz mencionó también que el Gobierno aprobó recientemente el nuevo Estatuto de Prácticas de Personas No Profesionales, lo que constituye otro mandato de la reforma laboral anterior y busca mejorar la situación del mercado laboral en el país.
Nuevas modalidades de contratos formativos
Según el Real Decreto Ley 32/2021, los contratos formativos tendrán dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional. Con anterioridad a la reforma, existían cuatro modalidades diferentes.
El contrato de formación en alternancia redefine los límites aplicativos, retributivos y temporales, enfocándose en la adquisición de competencias profesionales adecuadas a un nivel específico de estudios, como Formación Profesional o universidad. Esta modalidad permitirá la contratación de personas de cualquier edad, aunque en el caso del catálogo de cualificaciones profesionales se establecerá un límite de hasta 30 años, con una duración máxima de dos años.
Se establecerán jornadas de trabajo que no superen el 65% el primer año y el 85% el segundo año, sin horas extra, trabajos a turnos ni jornadas nocturnas. La retribución se ajustará a lo estipulado en el convenio, sin poder bajar del 60% el primer año y del 75% el segundo, y nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional proporcional a la jornada.
Por su parte, los contratos para obtención de la práctica profesional podrán celebrarse hasta un máximo de tres años (o cinco en el caso de personas con discapacidad) tras la obtención de la certificación, y su duración variará entre seis meses y un año. La retribución será la correspondiente al convenio para el puesto.
Éxito del programa Tándem
La ministra también subrayó el éxito del programa Tándem en su 40 aniversario, que ha logrado una tasa de inserción laboral del 50% entre las personas que han participado en prácticas en alternancia. En estos 40 años, se han desarrollado cerca de 30.000 proyectos de formación y más de 1,2 millones de personas han beneficiado de estas oportunidades.
Los programas de formación en alternancia se posicionan como una estrategia de inclusión para colectivos y territorios vulnerables, contribuyendo a combatir las cifras récord de desempleo en algunas áreas.
